El día 1 de enero de 2026 ya no se podrán utilizar los triángulos de emergencia ni las balizas no conectadas, si no que los los conductores que quieran señalizar una emergencia deberán usar un dispositivo luminoso con sistema de conectividad incluido.
Recientemente el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 1030/2022, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo, por el que se regulan los servicios de auxilio en las vías públicas. Un texto que incluye la instrucción técnica sobre la conectividad de las luces V16. Se trata del paso definitivo para poder comercializar las nuevas balizas conectadas que serán obligatorias a partir del 1 de enero de 2026.
Fue ayer martes cuando el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 1030/2022, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo, por el que se regulan los servicios de auxilio en las vías públicas. Un texto que incluye la instrucción técnica sobre la conectividad de las luces V16. Se trata del paso definitivo para poder comercializar las nuevas balizas conectadas que serán obligatorias a partir del 1 de enero de 2026.
En marzo de este mismo año se publicaba el Real Decreto 159/2021 por el que se regulan los servicios de auxilio en las vías públicas. El recogía y publicaba a través del BOE que este dispositivo comunicará su activación, desactivación y geoposicionamiento, al punto de acceso nacional en materia de tráfico y movilidad. La información sobre la ubicación del vehículo accidentado se enviará cada 100 segundos y dejará de enviarse una vez se haya remitido la información de desactivación.
En la práctica mediante la baliza V16 (obligatoria en todos los vehículos en 2026) el sistema de geolocalización del dispositivo enviará cada 100 segundos la ubicación de nuestro vehículo detenido a la nube de la DGT 3.0, para que esta información llegue rápidamente al resto de vehículos de la vía conectados.
Entre las ventajas de la utilización de estos dispositivos destaca que no se tendrá que salir del coche a colocar el triángulo, se hará visible a 1 km de distancia, se remitirán las coordenadas a la DGT que las compartirá con los navegadores, APPs y vehículos conectados, y vale para todo el parque de vehículos, nuevos y más antiguos. Además no habrá que pagar ninguna cuota por la conectividad, ya que cada luz vendrá con la conectividad prepagada por al menos 12 años.
El listado de las marcas y modelos de dispositivos V-16 que cumplan con todo lo establecido en la norma regulatoria y por lo tanto sean válidos para señalizar un accidente, será publicado próximamente. Los dispositivos de preseñalización de peligro V-16 estarán destinados exclusivamente a la visibilización del vehículo accidentado y consiguiente remisión a la Dirección General de Tráfico de la ubicación del vehículo accidentado, no pudiendo incorporar funcionalidades adicionales.
A modo de antecedente…
El 10 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Tráfico, por la que se define el protocolo y el formato para el envío de datos desde la señal V-16 al Punto de Acceso Nacional, en el ámbito de la Directiva 2010/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2010, por la que se establece el marco para la implantación de los sistemas de transporte inteligente en el sector del transporte por carretera.
Este documento pretende aclarar los procesos mediante los cuales se garantizará que las señales V16 cumplen con la norma en sus características físicas, lumínicas y de conectividad y, de este modo, permitir a los fabricantes de dispositivos, teleoperadoras y servicios técnicos de homologación avanzar en los procesos que hagan que estos dispositivos conectados sean una realidad, cuanto antes, en nuestras carreteras.
Ahora el Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo, publicado ayer en el BOE, establece los requisitos técnicos exigibles para la certificación de los dispositivos V-16 que incorporan una función de geolocalización, lo que constituye una medida extremadamente novedosa, sin precedentes conocidos en la normativa de seguridad vial de otros países.
Por el momento se establece un un periodo transitorio, en el que se permitirá el uso de los dispositivos V-16 que carezcan de la conectividad requerida.
Este real decreto prevé la necesidad de introducir una fecha de caducidad respecto a las funcionalidades de conectividad de los dispositivos V16 geolocalizados, que figurará tanto en su envase como en el propio dispositivo, permitiendo al ciudadano saber a partir de qué fecha su dispositivo dejará de emitir señal, previsiones estas que habían sido omitidas por la norma y que se consideran necesarias.
Por lo tanto hasta el 1 de enero de 2026 se podrán seguir utilizando como señal V-16, en los supuestos contemplados en el Reglamento General de Circulación, los dispositivos de preseñalización de peligro con las dimensiones, color, modo de colocación y características técnicas contempladas en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos, antes de la entrada en vigor de este real decreto.
Los dispositivos de preseñalización de peligro V-16 estarán destinados exclusivamente a la visibilización del vehículo accidentado y consiguiente remisión a la DGT de la ubicación del vehículo accidentado, no pudiendo incorporar funcionalidades adicionales. Este artículo garantiza que la utilización de este tipo de balizas geolicalizadas tiene exclusivamente fines de prevención de accidentes, atropellos, y prevención del conductor y vehículo accidentado, descartando que se pueda utilizar por la DGT para otros fines, como podría ser el envío de multas.
La incorporación del dispositivo en todo el parque vehicular español (antiguo y nuevo), y su obligada conexión a la plataforma DGT 3.0 convierte a España en el primer país europeo en ofrecer una solución estructural al creciente problema de los atropellos en autopistas y autovías.
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